Legislación del buceo en España

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LOGOS-JUNTOSComo es bien sabido por todos, existen una infinidad de empresas certificadoras de títulos de buceo (PADI, SSI, ACUC, NAUI, …), además de las federaciones locales de cada país (FEDAS en España, BSAC en UK, …). Está claro que motivo final de todas las empresas certificadoras es ganar dinero, hacer negocio en definitiva y lucrarse de un deporte que cada día está más en auge.

Al igual que cuando nos sacamos el carnet de conducir, debemos de pasar por una entidad que certifique que realmente somos «aptos» para la conducción de un automóvil (DGT en este caso), en caso de un buceador tenemos que pasar el escrutinio de un instructor y que nos certifique como aptos para realizar actividades subacuáticas de manera recreativa.

Por otra parte, un buceador necesita de una «entidad» reconocida que certifique que los conocimientos adquiridos son los mínimos necesarios para realizar (y disfrutar) de actividades subacuáticas de manera segura.

Legislación española

logo-boeActualmente, guste o no, la legislación española tiene un apartado específico para las actividades subacuáticas recreativas. En este apartado, se establecen baremos que habilitan la práctica del submarinismo. Estas legislación siempre será aplicable en todo el territorio español salvo en el caso de que la comunidad autónoma en que estemos tenga una legislación vigente al respecto.

Encontramos el ridículo caso de que en una inmersión de infantería (inmersión desde playa) con un amigo o grupo de amigos, cumpliendo todas las normas básicas de la seguridad en el buceo y a una profundidad de no más de 6 metros, podríamos estar incumpliendo la ley ya que, según ésta, deberíamos de contar con embarcación de apoyo todo el tiempo.

Nos encontramos otro caso, en el que si todo sigue su cauce, para poder bucear no sólo tenemos que tener una certificación de buceo, sino un título expedido por una «autoridad» (las comillas en autoridad están puestas adrede) que nos habilitaría para la práctica de «actividades submarinas con escafandra autónoma».

Por último, también tenemos otro caso como es el de la edad mínima por el que se puede practicar el buceo. En este caso, la edad mínima exigida en la normativa estatal es de 16 años.

Siguiente caso: ¿qué pasa si buceo y no tengo titulación?

PADI-librosNo es el sitio adecuado para valorar si en España o en el mundo existe la tan temida titulitis pero sí creemos que es conveniente hablar sobre el tema.

No es la primera vez que escuchamos de buceadores sin titulación. Peor aún es escuchar que guían algún grupo de novatos que por primera vez se meten en el agua. Debemos de estar al tanto que no sólo no es lo ideal bucear sin titulación, sino que puede llegar a ser ilegal, o peor aún, tener consecuencias graves para la salud del buceador.

En España es obligatorio el uso de un seguro de buceo y de haber pasado un reconocimiento médico hiperbárico por un médico con titulación hiperbárica (no vale cualquier médico). Sin embargo, se puede dar el caso de que un buceador se haya hecho el seguro, tenga su certificado de aptitud pero sin embargo no tenga la titulación necesaria. Es en estos casos donde la empresa aseguradora podría negarse a cubrir cualquier accidente de buceo al asegurado, o en su defecto, cubrirlos y más tarde reclamarle todos los gastos derivados del tratamiento.

Entonces, ¿qué debemos de hacer?

ok-signSiempre debemos de conocer las leyes allá donde vayamos, ya sabemos que el desconocimiento no nos exime de su cumplimiento.

Por otro lado, no debemos de ser alarmistas, ya que en un principio es perfectamente seguro y fácil bucear en España desde playa, normalmente en la mayor parte de los casos no habrá ningún problema por parte de ninguna autoridad, aunque debemos de saber las consecuencias que eso nos puede acarrear (se ha visto alguna multa de entre 100 y 200 euros por no llevar embarcación de apoyo).

Debemos además de contar con la titulación adecuada para poder hacer inmersiones. No vale de nada tener el PADI Open Water y bajar a profundidades de 40 metros ya que aunque seamos buceadores certificados, en realidad, no estamos certificados para «esa profundidad» al carecer del Advanced o incluso de la especilidad de Buceo Profundo. Recordemos que nos estaríamos arriesgando a no quedar cubiertos por nuestro seguro de buceo en caso de accidente.

Y ya por último y muy importante, recordemos la obligatoriedad de tener un seguro y un reconocimiento hiperbárico válidos.

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